Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos · Federal

Artículo 29

TÍTULO TERCERO DEL MODELO NACIONAL PARA ELIMINAR TRÁMITES BUROCRÁTICOS

Artículo 29. Las Propuestas Regulatorias que se incluyan en la Agenda Regulatoria de los Sujetos Obligados deberá incluir, al menos, la siguiente información:

I. Nombre preliminar;

II. Fundamento jurídico para emitir la Propuesta Regulatoria;

III. Materia sobre la que versará;

IV. Problemática que se pretende resolver;

V. Alternativas consideradas para atender la problemática;

VI. Identificar posibles costos burocráticos y beneficios;

VII. Identificar, en su caso, las acciones de simplificación y digitalización asociadas a la Propuesta Regulatoria, y

VIII. Fecha tentativa de presentación de la Propuesta Regulatoria ante la Autoridad de Simplificación y Digitalización.

Última reforma de esta ley incorporada: 16 de julio de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.