Ley del Notariado del Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 28

TITULO SEGUNDO · CAPITULO III DE LOS EXAMENES DE ASPIRANTES Y DE OPOSICION, Y DEL OTORGAMIENTO DE LAS

ARTICULO 28. El titular del Poder Ejecutivo del Estado expedirá las constancias y patentes a que se refiere el artículo anterior, a quienes hayan resultado aprobados o triunfantes, respectivamente, en los correspondientes exámenes, en un plazo que no exced erá de treinta días hábiles contados a partir de la fecha de celebración de los mismos.

Última reforma de esta ley incorporada: 22 de diciembre de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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