Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes · Federal

Artículo 13

TÍTULO II PRINCIPIOS Y DERECHOS EN EL PROCEDIMIENTO · CAPÍTULO I PRINCIPIOS GENERALES DEL SISTEMA

Artículo 13. Protección integral de los derechos de la persona adolescente

Las personas adolescentes gozan de todos los derechos humanos inherentes a las personas. Les serán garantizadas las oportunidades y facilidades, a fin de asegurarles las mejores condiciones para su desarrollo físico, psicológico y social, en condiciones de dignidad.

Todas las autoridades del Sistema deberán respetar, proteger y garantizar los derechos de las personas adolescentes mientras se encuentren sujetas al mismo.

Última reforma de esta ley incorporada: 20 de diciembre de 2022. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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