Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes · Federal
Artículo 9
TÍTULO I DISPOSICIONES PRELIMINARES · CAPÍTULO ÚNICO ÁMBITO DE APLICACIÓN Y OBJETO
Artículo 9. Interpretación
La interpretación de las disposiciones contenidas en esta Ley deberá hacerse de conformidad con la Constitución, los principios rectores del Sistema, la Ley General y los Tratados Internacionales, favoreciendo en todo tiempo a las personas adolescentes la protección más amplia.
Última reforma de esta ley incorporada: 20 de diciembre de 2022. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.
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