Ley Orgánica de la Administración Pública Federal · Federal

Artículo 10

TITULO PRIMERO De la Administración Pública Federal · CAPITULO UNICO De la Administración Pública Federal

Artículo 10.- Las Secretarías de Estado tendrán igual rango y entre ellas no habrá, por lo tanto, preeminencia alguna. Sin perjuicio de lo anterior, por acuerdo del Presidente de la República, la Secretaría de Gobernación coordinará las acciones de la Administración Pública Federal para cumplir sus acuerdos y órdenes.

Artículo reformado DOF 09-04-2012, 02-01-2013

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de mayo de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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