Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Campeche · Campeche

Artículo 145

TÍTULO SEXTO RÉGIMEN ADMINISTRATIVO MUNICIPAL · CAPÍTULO TERCERO DE LA HACIENDA PÚBLICA MUNICIPAL

ARTÍCULO 145.- El gasto público municipal comprende las erogaciones que por concepto de gasto corriente, inversión física, inversión financiera u obligaciones derivadas de empréstitos o créditos a cargo del Municipio en términos de las disposiciones legales en materia de obligaciones, financiamientos y deuda pública y, de disciplina financiera . 46

Nota: Se reformó mediante decreto 186 de la LXII Legislatura, publicado en el P.O. del Estado No. 0478 Segunda Sección de fecha 13 de julio de 2017.

Última reforma de esta ley incorporada: 31 de julio de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente: ieec.org.mx.

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