Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila

Artículo 270

TÍTULO OCTAVO DE LAS RELACIONES JURÍDICAS LABORALES ENTRE LAS ENTIDADES PÚBLICAS · CAPÍTULO II DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES

ARTÍCULO 270. La jornada de trabajo es el tiempo durante el cual el trabajador está a disposición de la entidad pública municipal, para desempeñar su trabajo.

Última reforma de esta ley incorporada: 8 de febrero de 2008. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.