Artículo 113.- Para ser contralor se requiere cumplir con los req uisitos que se exigen para ser tesorero municipal, a excepción de la caución correspondiente.
Artículo 113
TITULO IV Régimen Administrativo · CAPITULO CUARTO De la Contraloría Municipal
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.
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