Ley Orgánica Municipal del Estado de México · Estado de México

Artículo 114

TITULO IV Régimen Administrativo · CAPITULO QUINTO De la Planeación

Artículo 114.- Cada ayuntamiento elaborará su plan de desarrollo municipal y los programas de trabajo necesarios para su ejecución en forma democrática y participativa.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.

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