Ley Orgánica Municipal del Estado de México · Estado de México

Artículo 117

TITULO IV Régimen Administrativo · CAPITULO QUINTO De la Planeación

Artículo 117.- El Plan de Desarrollo Municipal tendrá los objetivos siguientes:

I. Atender las demandas prioritarias de la población;

II. Propiciar el desarrollo armónico del municipio; III. Asegurar la participación de la sociedad en las acciones del gobierno municipal;

IV. Vincular el Plan de Desarrollo Municipal con los planes de desarrollo federal y estatal;

V. Aplicar de manera racional los recursos financieros para el cumplimiento del plan y los programas de desarrollo.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.

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