ARTÍCULO 105.- Los requisitos para ser Titular de la Secretaría de Finanzas o Tesorería Municipal o similar, según se le denomine, son los mismos que se señalan para ser Titular de Secretaría General del Ayuntamiento y, preferentemente, deberá ser profesional en las ramas de contabilidad, finanzas públicas, administración pública o economía, o tener práctica y conocimientos necesarios en dichas materias.
(REFORMADO PÁRRAFO PRIMERO, P. O. EDICIÓN No. 68 ALCANCE I, VIERNES 23 DE AGOSTO DE 2024)