Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero · Guerrero

Artículo 162

TITULO QUINTO DEL PRESUPUESTO Y GASTO PUBLICO MUNICIPAL · CAPITULO III DEL EJERCICIO DEL GASTO PÚBLICO MUNICIPAL

ARTICULO 162.- Los Ayuntamientos informarán al Congreso del Estado de las erogaciones que hayan efectuado en base al presupuesto de egresos al presentar anualmente la Cuenta Pública Municipal para su aprobación.

Última reforma de esta ley incorporada: 17 de septiembre de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: acapulco.gob.mx.

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