Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero · Guerrero

Artículo 27

TITULO SEGUNDO DEL GOBIERNO MUNICIPAL

ARTÍCULO 27.- Cada Municipio será administrado por un Ayuntamiento de elección popular directa, de integración paritaria y durará en su encargo tres años.

ARTÍCULO 27; EL

Última reforma de esta ley incorporada: 17 de septiembre de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: acapulco.gob.mx.

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