Ley Orgánica Municipal del Estado de Hidalgo · Hidalgo

Artículo 189

TÍTULO NOVENO LEGISLACIÓN MUNICIPAL · CAPÍTULO ÚNICO

ARTÍCULO 189.- Las normas que contengan los bandos de policía y gobierno, reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general, serán obligatorias en el ámbito municipal y su aplicación corresponde a las autoridades administrativas municipales.

Cada Municipio tiene la facultad exclusiva para regular los aspectos medulares de su propio desarrollo de acuerdo con su realidad, necesidades, proyectos y objetivos. 98

Última reforma de esta ley incorporada: 27 de agosto de 2026. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.

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