ARTÍCULO 191.- Los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas se darán a conocer en el Periódico Oficial del Estado, en los cuales se establecerán la fecha en que se inicie su obligatoriedad, además de cumplir con el principio de máxima publicidad.
Artículo 191
TÍTULO NOVENO LEGISLACIÓN MUNICIPAL · CAPÍTULO ÚNICO
Última reforma de esta ley incorporada: 27 de agosto de 2026. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.
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