ARTICULO 118.- La Contraloría Municipal es la dependencia del Ayuntamiento responsable de establecer los sistemas de planeación y organización del control, evaluación y vigilancia de los actos administrativos del gobierno municipal y de los órganos internos de control. Esta dependencia tendrá como superior jerárquico a la Comisión de Hacienda y Cuenta Pública. Su titular deberá reunir los mismos requisitos que para ser Tesorero Municipal.
Artículo 118
TÍTULO OCTAVO Capítulo I
Última reforma de esta ley incorporada: 1 de diciembre de 2020. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: contraloria.nayarit.gob.mx.
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