ARTICULO 238.- La declaración de situación patrimonial y de intereses deberá presentarse en los plazos y términos que se establecen en la Ley en materia de responsabilidades administrativas.
(REFORMADO, P.O. 27 DE JUNIO DE 2017)
TÍTULO DECIMO
ARTICULO 238.- La declaración de situación patrimonial y de intereses deberá presentarse en los plazos y términos que se establecen en la Ley en materia de responsabilidades administrativas.
(REFORMADO, P.O. 27 DE JUNIO DE 2017)
Última reforma de esta ley incorporada: 1 de diciembre de 2020. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: contraloria.nayarit.gob.mx.
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