ARTÍCULO 137 ................................................................................................................ 92
ARTÍCULO 137
Si el Secretario es profesionista, no podrá ejercer su profesión u oficio en la Municipalidad.
CAPÍTULO XII
ARTÍCULO 137 ................................................................................................................ 92
ARTÍCULO 137
Si el Secretario es profesionista, no podrá ejercer su profesión u oficio en la Municipalidad.
Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresopuebla.gob.mx.
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