Ley Orgánica Municipal del Estado de Puebla · Puebla

Artículo 77

CAPÍTULO V

ARTÍCULO 77................................................................................................................... 48

ARTÍCULO 77

Los acuerdos de los Ayuntamientos se tomarán por mayoría de votos del Presidente Municipal, Regidores y Síndico, y en caso de empate, el Presidente Municipal tendrá voto de calidad.

Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresopuebla.gob.mx.

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