Artículo 1. La presente Ley, es de orden público y tiene como finalidad:
I. Regular las facultades y obligaciones de los municipios que integran el Estado Libre y Soberano de Tabasco;
II. Establecer las bases para la integración, organización y funcionamiento de los ayuntamientos y de la administración pública municipal, así como los servicios públicos que le competen en los términos que disponen el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 64 y 65 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco; y
III. Reglamentar las demás disposiciones constitucionales referentes al Municipio Libre.
En todo lo no previsto por esta Ley para la organización y funcionamiento de los gobiernos municipales, se estará a las disposiciones de sus reglamentos administrativos o interiores, que se expedirán por los ayuntamientos sin contravenir las disposiciones de la Constitución Política federal, la particular del Estado, la presente Ley y demás disposiciones aplicables.