Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco · Tabasco
Artículo 143
TÍTULO OCTAVO DE LOS SERVICIOS COMPETENCIA DE LOS MUNICIPIOS · CAPÍTULO IV
Artículo 143. El transporte de basura, desperdicios o residuos sólidos, sin perjuicio de lo señalado en el presente capítulo, se sujetará a lo establecido en la ley o disposiciones reglamentarias para el tránsito de vehículos en el Estado.
Reformado P.O. 7847 Spto. C 18-Nov-2017
Última reforma de esta ley incorporada: 27 de septiembre de 2018. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresotabasco.gob.mx.
Pregúntale a RíoLex
¿Tu caso tiene que ver con este artículo?
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.