Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco · Tabasco

Artículo 69

TÍTULO CUARTO DE LAS AUTORIDADES MUNICIPALES Y SUS ATRIBUCIONES · CAPÍTULO III De los Órganos de la Administración Municipal

Artículo 69. El ejercicio del gobierno municipal corresponde originalmente al Ayuntamiento, quien para el cumplimiento de sus funciones, ejerce a través del presidente municipal las atribuciones ejecutivas que le corresponden.

Última reforma de esta ley incorporada: 27 de septiembre de 2018. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresotabasco.gob.mx.

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