ARTÍCULO 129.- Las deducciones a que se refiere el Artículo 124, serán las siguientes:
I.- La deducción consistirá en quince veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, elevado al año, en la fecha que deba efectuarse el pago; en las adquisiciones de terrenos que no excedan de 250 M2., y cuando incluyan casa o departamento habitacional; éstos no excedan de 100 M2. y se adquieran a través de: (1er. reforma POE Anexo al 152 del 21-Dic-2016) Decreto LXIV-103 (Última reforma POE Vespertino Extraordinario No. 9 del 19-Jun-2020) a).- El Instituto Tamaulipeco de la Vivienda y Urbanismo. Decreto LXIV-103 (Última reforma POE Vespertino Extraordinario No. 9 del 19-Jun-2020) b). - El Sistema para la Integración de la Población al Desarrollo Urbano de Tamaulipas. c). - Fideicomiso Fondo Nacional de Habitaciones Populares. d). - Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. e). - El Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado. f). - El Instituto de Previsión y Seguridad Social del Estado de Tamaulipas .
(Última reforma POE 148 del 11-Dic-2018) g). - Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra. h). - Créditos otorgados por Instituciones de Crédito.
II.- La deducción será de trescientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, elevado al año, en la fecha que deba efectuarse el pago, en las adquisiciones de terrenos que efectúan los Organismos que se mencionan a continuación: (1er. reforma POE Anexo al 152 del 21-Dic-2016) Decreto LXIV-103 (Última reforma POE Vespertino Extraordinario No. 9 del 19-Jun-2020) a).- El Instituto Tamaulipeco de la Vivienda y Urbanismo. Decreto LXIV-103 (Última reforma POE Vespertino Extraordinario No. 9 del 19-Jun-2020) b). - El Sistema para la Integración de la Población al Desarrollo Urbano de Tamaulipas. c). - Fideicomiso Fondo Nacional de Habitaciones Populares. d). - Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. e). - El Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado. f). - El Instituto de Previsión y Seguridad Social del Estado de Tamaulipas. (Última reforma POE 148 del 11-Dic-2018) g). - Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra. La deducción autorizada en esta fracción se aplicará únicamente en los caso en que las adquisiciones de inmuebles se efectúen con la finalidad de destinarlos a satisfacer las solicitudes de terrenos y vivienda de acuerdo con los fines de los organismos señalados.