Código Municipal para el Estado de Tamaulipas · Tamaulipas

Artículo 218

TÍTULO QUINTO DE LAS RELACIONES LABORALES · CAPÍTULO III DE LA JORNADA DE TRABAJO, DESCANSO Y VACACIONES

ARTÍCULO 218.- Serán días de descanso obligatorio los que señale el calendario oficial y el aniversario del sindicato.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de diciembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: po.tamaulipas.gob.mx.

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