ARTÍCULO 295.- El Archivo General del Municipio es una dependencia de la Secretaría del Ayuntamiento que concentrará, organizará y custodiará la información derivada de la función pública municipal y que por su naturaleza o importancia histórica deba preservarse para la consulta institucional y pública.
Artículo 295
TÍTULO SEXTO DEL ARCHIVO GENERAL DEL MUNICIPIO · CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
Última reforma de esta ley incorporada: 18 de diciembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: po.tamaulipas.gob.mx.
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