ARTÍCULO 349.- Para los efectos de esta Ley, son días hábiles todos los del año excepto los sábados y domingos; el 1° de enero, el primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero, el tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo, el 1° y 5 de mayo, el 16 de septiembre, el 12 de octubre, el tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre, el 25 de diciembre así como aquéllos en los que se suspendan las labores por acuerdo del Ayuntamiento o por determinación de otras disposiciones legales. (Se adiciona presente artículo, POE No. 146 del 04-Dic-2014)
Artículo 349
TÍTULO OCTAVO DE LA JUSTICIA ADMINISTRATIVA MUNICIPAL · CAPÍTULO TERCERO DEL JUICIO DE NULIDAD
Última reforma de esta ley incorporada: 18 de diciembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: po.tamaulipas.gob.mx.
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