Artículo 101. El gasto público financiará estrictamente los programas autorizados en los presupuestos de egresos y se ejercerán con base en las partidas previstas y aprobadas.
Artículo 101
TÍTULO CUARTO De la Planeación, Presupuesto y Gasto Público
Última reforma de esta ley incorporada: 13 de abril de 2007. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.
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