Ley Municipal del Estado de Tlaxcala · Tlaxcala

Artículo 100

TÍTULO CUARTO De la Planeación, Presupuesto y Gasto Público

Artículo 100. Los Ayuntamientos están facultados para autorizar traspasos de los recursos excedentes en el presupuesto de ingresos, a otros programas autorizados en el presupuesto de egresos, siempre y cuando haya una justificación financiera y programática.

Última reforma de esta ley incorporada: 13 de abril de 2007. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.

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