Ley Orgánica del Municipio Libre (Veracruz) · Veracruz

Artículo 160

TÍTULO SEXTO DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS MUNICIPALES · CAPÍTULO VII DE LA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA

Artículo 160. En contra de los actos o resoluciones administrativas que se dicten por los Ayuntamientos, los sujetos sancionados podrán interponer, a su elección, el recurso de revocación o intentar el juicio contencioso, de conformidad con lo dispuesto por el código de la materia.

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de enero de 2009. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.