Ley Orgánica del Municipio del Estado de Zacatecas · Zacatecas
Artículo 213
TÍTULO OCTAVO PRESUPUESTO Y GASTO PÚBLICO MUNICIPAL
Artículo 213
Los ayuntamientos informarán a la Legislatura del Estado de las erogaciones que hayan efectuado con base en el Presupuesto de Egresos, al presentar la cuenta pública del ejercicio fiscal, los informes trimestrales de avance de la gestión financiera, así como los demás que le requiera la Auditoría Superior del Estado.
Prohibición en materia de Presupuesto
Última reforma de esta ley incorporada: 15 de octubre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresozac.gob.mx.
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