Ley Orgánica del Municipio del Estado de Zacatecas · Zacatecas

Artículo 248

TÍTULO DÉCIMO

Artículo 248

Si las circunstancias así lo ameritan, podrán imponerse al infractor simultáneamente las sanciones y medidas de seguridad que establezcan las leyes, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal en que incurriere.

No presentación de cuenta pública

Última reforma de esta ley incorporada: 15 de octubre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresozac.gob.mx.

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