Ley Orgánica del Municipio del Estado de Zacatecas · Zacatecas

Artículo 262

TÍTULO DÉCIMO

Artículo 262

Contra las resoluciones de los ayuntamientos recaídas al recurso de revisión, procederá el juicio de nulidad ante el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Zacatecas.

Reformado POG 13-09-2017

Improcedencia del recurso

Última reforma de esta ley incorporada: 15 de octubre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresozac.gob.mx.

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