Artículo 81
Para el cumplimiento de sus obligaciones, el Presidente Municipal podrá auxiliarse en cualquier tiempo de los demás integrantes del Ayuntamiento.
Prohibiciones a la Presidenta o Presidente
TÍTULO TERCERO INTEGRANTES DEL AYUNTAMIENTO, COMISIONES Y AUTORIDADES AUXILIARES
Artículo 81
Para el cumplimiento de sus obligaciones, el Presidente Municipal podrá auxiliarse en cualquier tiempo de los demás integrantes del Ayuntamiento.
Prohibiciones a la Presidenta o Presidente
Última reforma de esta ley incorporada: 15 de octubre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresozac.gob.mx.
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