Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación · Federal

Artículo 131

TÍTULO SEXTO Del Órgano de Administración Judicial · CAPÍTULO II Órganos Auxiliares

Artículo 131.

La integración de la Junta Directiva será determinada por el Órgano de Administración Judicial, a propuesta de su Presidencia, observando el principio de paridad de género.

La o el Director General del Instituto durará en su encargo seis años y será designada de manera directa por el Pleno del Órgano de Administración Judicial.

SECCIÓN 10a.

Del Centro Público de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias del Poder Judicial de la Federación

Última reforma de esta ley incorporada: 28 de noviembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.