Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación · Federal
Artículo 161
TÍTULO SÉPTIMO Del Tribunal de Disciplina Judicial · CAPÍTULO III De las Comisiones
Artículo 161.
El Órgano de Evaluación de Desempeño Judicial es un órgano auxiliar del Tribunal de Disciplina Judicial, competente para evaluar y dar seguimiento al desempeño de los órganos jurisdiccionales a fin de consolidar un ejercicio responsable, profesional, independiente, honesto y eficaz de la función jurisdiccional, así como evitar actos que la demeriten.
Última reforma de esta ley incorporada: 28 de noviembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.
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