Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación · Federal

Artículo 252

TÍTULO DÉCIMO · CAPÍTULO I De su integración y funcionamiento

Artículo 252.

El Tribunal Electoral funcionará en forma permanente con una Sala Superior y hasta siete Salas Regionales, cinco Salas Regionales coincidirán con las circunscripciones electorales previstas en el artículo 53 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las dos Salas Regionales restantes podrán ser creadas por el Órgano de Administración Judicial; las sesiones de resolución jurisdiccional serán públicas.

Los órganos jurisdiccionales señalados anteriormente deberán integrarse en estricto apego al principio de paridad de género.

Última reforma de esta ley incorporada: 28 de noviembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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