Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas · Federal
Artículo 52 BIS
TÍTULO TERCERO DE LOS CONTRATOS · CAPÍTULO SEGUNDO DE LA EJECUCIÓN
Artículo 52 Bis. El uso de la Bitácora es obligatorio en cada uno de los contratos de obras y servicios. Su elaboración, control y seguimiento se hará por medios remotos de comunicación electrónica, para lo cual la Secretaría implementará el programa informático que corresponda.
Última reforma de esta ley incorporada: 14 de noviembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.
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