Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Aguascalientes · Aguascalientes

Artículo 2

TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES · CAPÍTULO I El Objeto, Ámbito de Aplicación y Sujetos de La Ley

Artículo 2°.- Son objetivos de la presente Ley:

(REFORMADA, P.O. 19 DE ABRIL DE 2021)

I. Establecer los principios y obligaciones que rigen la actuación de los Servidores Públicos;

II. Establecer las faltas administrativas graves y no graves de los servidores públicos estatales y municipales, así como de los actos y faltas de los particulares; las sanciones aplicables a las mismas, así como los procedimientos para su aplicación y las facultades de las autoridades competentes para tal efecto;

III. Determinar las causas de procedencia del Juicio Político, así como el procedimiento para su tramitación;

IV. Establecer los procedimientos para declarar la procedencia del enjuiciamiento penal de los servidores públicos que gozan de fuero constitucional;

V. Determinar los mecanismos para la prevención, corrección e investigación de responsabilidades administrativas; y

VI. Crear las bases para que todo ente público del Estado y sus municipios establezcan políticas eficaces de ética pública y responsabilidad en el servicio público.

Última reforma de esta ley incorporada: 29 de junio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresoags.gob.mx.

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