Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Aguascalientes · Aguascalientes

Artículo 237

TITULO TERCERO EL JUICIO POLÍTICO Y DECLARACIÓN DE PROCEDENCIA · CAPÍTULO III El Procedimiento para la Declaratoria de Procedencia

Artículo 237.- La denuncia que se formule en contra de alguno de los servidores públicos que gocen de fuero, se presentará ante el Fiscal General del Estado, quien mandará practicar las diligencias necesarias para la realización de la investigación correspondiente.

Última reforma de esta ley incorporada: 29 de junio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresoags.gob.mx.

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