Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México · Ciudad de México

Artículo 31

CAPÍTULO II De la integridad de las personas morales

Artículo 31. La Secretaría, así como los Órganos internos de control, serán los responsables de inscribir y mantener actualizada en el sistema de evolución patrimonial, de declaración de intereses y constancia de presentación de declaración fiscal, la información correspondiente a los Declarantes a su cargo y del suministro de información a la Secretaría Ejecutiva para el sistema correspondiente de la Plataforma Digital de la Ciudad de México. Asimismo, verificarán la situación o posible actualización de algún Conflicto de Interés, según la información proporcionada, llevarán el seguimiento de la evolución y la verificación de la situación patrimonial de dichos Declarantes, en los términos de la presente Ley. Para tales efectos, la Secretaría y los Órganos internos de control, podrán firmar convenios con las distintas autoridades que tengan a su disposición datos, información o documentos que puedan servir para verificar la información declarada por las Personas Servidoras Públicas.

S e c c i ó n S e g u n d a D e l o s s u j e t o s o b l i g a d o s a p r e s e n t a r d e c l a r a c i ó n p a t r i m o n i a l y d e i n t e r e s e s

Última reforma de esta ley incorporada: 15 de junio de 2022. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocdmx.gob.mx.

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