Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México · Ciudad de México

Artículo 46

CAPÍTULO II De la integridad de las personas morales

Artículo 46. Se encuentran obligados a presentar declaración de intereses todas las Personas Servidoras Públicas que deban presentar la declaración patrimonial en términos de esta Ley. Al efecto, La Secretaría y los Órganos internos de control se encargarán de que las declaraciones sean integradas al sistema de evolución patrimonial, de declaración de intereses y constancia de presentación de declaración fiscal.

Última reforma de esta ley incorporada: 15 de junio de 2022. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocdmx.gob.mx.

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