Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México · Ciudad de México

Artículo 60

CAPÍTULO II De la integridad de las personas morales

Artículo 60. Incurrirá en enriquecimiento oculto u ocultamiento de Conflicto de Interés la persona servidora pública que falte a la veracidad en la presentación de las declaraciones de situación patrimonial o de intereses, que tenga como fin ocultar, respectivamente, el incremento en su patrimonio o el uso y disfrute de bienes o servicios que no sea explicable o justificable, o un Conflicto de Interés.

Última reforma de esta ley incorporada: 15 de junio de 2022. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresocdmx.gob.mx.

Criterios de la Corte que citan este artículo

Aparecen porque su texto cita el artículo 60 de la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México. No quiere decir que resuelvan un caso concreto. La jurisprudencia obliga a los tribunales; la tesis aislada solo orienta. Antes de citar uno, confirma en el Semanario Judicial de la Federación que no haya sido superado o modificado.

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