Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Chiapas · Chiapas

Artículo 12

TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 12 . El Tribunal además de las facultades y atribuciones conferidas en su legislación orgánica y demás normatividad aplicable, estará facultado para resolver la imposición de sanciones por la comisión de Faltas Administrativas Graves y Faltas de Particulares, conforme a los procedimientos previstos en esta Ley.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: tjaech.gob.mx.

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