Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios · Estado de México

Artículo 63

TÍTULO TERCERO DE LAS FALTAS ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS Y ACTOS · CAPÍTULO SEGUNDO DE LAS FALTAS ADMINISTRATIVAS GRAVES

Artículo 63. Incurrirá en enriquecimiento oculto u ocultamiento de conflicto de interés el servidor público que falte a la veracidad en la presentación de las declaraciones de situación patrimonial o de intereses, que tenga como fin ocultar, respectivamente, el incremento en su patrimonio o el uso y disfrute de bienes o servicios que no sea explicable o justificable, o un conflicto de interés.

SECCIÓN DÉCIMA DEL TRÁFICO DE INFLUENCIAS

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.

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