Ley Número 465 de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Guerrero · Guerrero

Artículo 26

Artículo 26. La Secretaría Ejecutiva del Sistema Anticorrupción, llevará el Sistema de Evolución Patrimonial, de Declaración de Intereses y Constancia de Presentación de Declaración Fiscal, a través del Sistema Digital que al efecto se establezca, de conformidad con lo previsto en la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción de Guerrero, así como las bases, principios y lineamientos que apruebe el Comité Coordinador.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresogro.gob.mx.

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