Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Hidalgo · Hidalgo

Artículo 146

TÍTULO SEGUNDO DEL PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA · CAPÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES COMUNES AL PROCEDIMIENTO DERESPONSABILIDAD

Artículo 146. Los documentos que consten en idioma extranjero o en cualquier otra lengua o dialecto, deben ser traducidos al español castellano, para tal efecto, la autoridad resolutora solicitará la traducción a través del perito que la misma designe.

Las objeciones que presenten las partes a la traducción se tramitarán y resolverán en la vía incidental.

Última reforma de esta ley incorporada: 8 de julio de 2026. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.

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