Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Hidalgo · Hidalgo

Artículo 149

TÍTULO SEGUNDO DEL PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA · CAPÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES COMUNES AL PROCEDIMIENTO DERESPONSABILIDAD

Artículo 149. Se consideran indubitables para realizar el cotejo:

I. Los documentos que las partes reconozcan como tales, de comúnacuerdo.

II. Los documentos privados cuya letra o firma haya sido reconocida ante laautoridad conocedora del asunto, por aquel a quien se atribuya ladudosa. 40

IV. Los documentos cuya letra, firma o huella dactilar haya sido declarada en la vía judicial como propia de aquel se atribuya la dudosa, salvo que dicha declaración se haya hecho en rebeldía.

V. Las letras, firmas o huellas dactilares que hayan sido puestas en presencia de la autoridad resolutora en actuaciones propias del procedimiento de responsabilidad, por la parte cuya firma, letra o huella dactilar se trate de comprobar.

Última reforma de esta ley incorporada: 8 de julio de 2026. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.

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