Artículo 61.
1. Las entidades públicas que fungen como patrones de los servidores públicos deberán prestar las facilidades necesarias para que éstos presenten puntualmente sus declaraciones fiscal, patrimonial y de intereses.
TÍTULO TERCERO RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA
Artículo 61.
1. Las entidades públicas que fungen como patrones de los servidores públicos deberán prestar las facilidades necesarias para que éstos presenten puntualmente sus declaraciones fiscal, patrimonial y de intereses.
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresoweb.congresojal.gob.mx.
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