Artículo 159. Son documentos públicos, todos aquellos que sean expedidos por los
Servidores Públicos en el ejercicio de sus funciones. Son documentos privados los que no cumplan con la condición anterior.
TÍTULO SEGUNDO DEL PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA · CAPÍTULO I DISPOSICIONES COMUNES AL PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDAD
Artículo 159. Son documentos públicos, todos aquellos que sean expedidos por los
Servidores Públicos en el ejercicio de sus funciones. Son documentos privados los que no cumplan con la condición anterior.
Última reforma de esta ley incorporada: 25 de enero de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: coeac.michoacan.gob.mx.
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