Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Michoacán de Ocampo · Michoacán

Artículo 2

TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES · CAPÍTULO I OBJETO, ÁMBITO DE APLICACIÓN Y SUJETOS DE LA LEY

Artículo 2. Son objeto de la presente Ley:

I. Establecer los principios y obligaciones que rigen la actuación de los Servidores

Públicos;

II. Establecer las Faltas Administrativas graves y no graves de los Servidores

Públicos, las sanciones aplicables a las mismas, así como los procedimientos para su aplicación y las facultades de las autoridades competentes para tal efecto;

III. Establecer las sanciones por la comisión de Faltas de Particulares, así como los procedimientos para su aplicación y las facultades de las autoridades competentes para tal efecto;

IV. Determinar los mecanismos para la prevención, corrección e investigación de responsabilidades administrativas; y,

V. Crear las bases para que todo Órgano del Estado establezca políticas eficaces de ética pública y responsabilidad en el servicio público.

Última reforma de esta ley incorporada: 25 de enero de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: coeac.michoacan.gob.mx.

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